Todas las piscinas de uso público y/o comunitario deben tener accesibilidad.
Es decir, deben ser accesibles para que todas las personas puedan hacer uso de ellas con total normalidad, independientemente de si poseen algún tipo de discapacidad o condición de movilidad reducida.
Accesibilidad en piscinas: tienen que ser accesibles por ley
El Real Decreto Ley 1/2013 del 29 de noviembre establece que los bienes, espacios, servicios, productos y transportes deben ser accesibles para las personas con discapacidad.
Sin embargo, a pesar de la obligatoriedad de esta medida, en la actualidad es posible encontrar piscinas públicas o comunitarias que no son accesibles.
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¿Por qué ocurre esto? En el caso de las piscinas comunitarias sucede por las negativas de los vecinos; ya que no quieren asumir el coste que supone esa adaptación.
Sin embargo, el no hacer frente supone una discriminación importante para la persona discapacitada, dado que no puede hacer uso de la misma.
Claro que, a la hora de hacer las piscinas accesibles, las obras van más allá, porque también es necesario adaptar los espacios comunitarios.
Es decir, las pistas, los jardines, las entradas a los edificios, etc. Todas las zonas comunes.
¿Es obligatorio que las piscinas sean accesibles en las comunidades de vecinos?
La normativa señala que sí. O, al menos, siempre y cuando existan vecinos con movilidad reducida (o de 70 años o más).
Además, afecta a los propietarios de los inmuebles, inquilinos de larga duración o que trabajen en las propiedades. Por lo que mientras nadie lo necesite, no será necesario.
¿Quién asume el coste de hacer la piscina más accesible?
Como te comentábamos anteriormente, es la comunidad de vecinos quién debe abonar la adaptación de la accesibilidad de las piscinas.
El sí o el no a la obra se lleva a cabo por medio de una votación.
De tal manera que los propietarios que se ausenten será como si hubieran votado que sí.
El principal problema es que en algunas comunidades hay vecinos que se niegan (porque no tienen dinero o no quieren hacer frente a la derrama).
Sin embargo, en muchos casos es posible disfrutar de ayudas o de subvenciones.
Si eres propietario, te interesa
Es importante que estés al tanto de la normativa en cuanto a accesibilidad en las piscinas.
Sobre todo si eres propietario de una vivienda que posee piscina comunitaria; ya que de un día para otro podrías encontrarte con una derrama y debes estar preparado para cuando eso llegue.
Por lo que en estos momentos, la accesibilidad en piscinas de públicas o comunitarias es imprescindible.
También ten en cuenta que tener espacios comunes adaptados, si hablamos de urbanizaciones, por ejemplo, revaloriza la finca y, por efecto rebote, tu vivienda. Así pues, también puede considerarse una inversión.
Si tienes cualquier duda, ¡pregúntanos!
12 comentarios en «Piscinas accesibles: ¿qué dice la normativa en España?»
Hola, el año pasado no pude utilizar la piscina de mi comunidad porque por cumplir normas anti covid de la comunidad no se permitía acceder a la piscina ni con zapatillas ni con tus objetos personales. Obligaban a dejarlo todo fuera del perímetro de la piscina. Soy discapacitada (disminución movilidad ambas piernas ), voy a la piscina para hacer ejercicio piernas y espalda y como tengo riesgo de resbalar y como tiene un pequeño escalón de acceso me tengo que agarrar a la valla y no me considero capaz de estar entrando y saliendo para coger la toalla y/o las gafas, y mucho menos tener que dejar las cosas en el suelo (césped) y agacharme a recogerlas, no puedo. Aunque expliquè mi situación me dijeron que si podía andar sin muleta se consideraba que podía entrar y salir sin problema del recinto de la piscina. Con estas normas no me vi capaz de cumplirlas por lo que optè por no hacer uso de la piscina.
Perdón por el rollo.
Mi pregunta es si este año podría tener el mismo problema, ya que después de leer la normativa no me queda claro si este año si puedo entrar al recinto de la piscina con mis objetos personales (toalla,gafas,zapatillas) o voy a tener el mismo problema del año pasado.?
Gracias.
Hola Inma,
Serán las propias comunidades las que determinen las medidas preventivas a seguir en relación al Covid.
Te recomendamos que te pongas en contacto con el administrador de tu comunidad y le expongas tu problemática.
Un saludo.
En mi urbanizacion la entrada a la piscina hay cuatro escalones y por mi edad no puedo subirlos y tengo que entrar por el bar de la urbanizacion que da a la piscina.Mi pregunta es…….si por ley tienen que hacer un paso para la gente con minusvalia o personas mayores ya que no pueden entrar por la entrada de la piscina gracias
Buenos días,
En mi comunidad propuse una mejora de accesibilidad de una silla elevadora o adaptar la rampa existente en relación al articulo10.1 de LPH.
En junta se voto a propuesta del órgano de gobierno según el articulo 17 y salió entre los asistentes que NO. Los motivos el el coste y la estética.
Mi pregunta es, los no asistentes se contabilizan en el “si” a la modificación o al “no”.
¿Qué pasos debería seguir?
Gracias y un saludo
Buenos días Juan,
Habitualmente las personas que no votan, no se tienen en cuenta en el recuento de la votación. Pero desconocemos el acuerdo de vuestra comunidad.
Nuestra recomendación es que si tu comunidad dispone de una gestor o empresa que os asesora en las tareas, puedas hablar con ellos sobre esto para que recabes toda la información posible.
Ya con todas tus respuestas, sopesaría las necesidades y me basaría en la ley correspondiente para alegar el cambio en la comunidad.
¡Muchas suerte!
Buenos días Fernando,
La normativa establece que todo recinto debe tener un acceso adaptado para las personas con problemas en la movilidad, lo que no especifica es que tenga que ser en la puerta principal.
No sabemos como es su urbanización ni el tipo de acceso que tiene, pero pueden hacer un estudio de ello y en caso de no cumplir con normativa, tendrían derecho a reclamar a la comunidad de vecinos un acceso adaptado para personas con movilidad reducida.
¡Mucha suerte!
En mi comunidad se ha instalado a una medida de 1.60 es legal pueden demandar?
Buenos días Vanesa,
Desconozco la normativa exacta además de no saber exactamente que es lo que han instalado en su comunidad.
Se podría verificar en la Ley de Propiedad Horizontal donde se determina cómo se debe hacer.
Un saludo,
Buenas tardes , estoy en L’ Ametlla de Mar en Tarragona en el Camping L’Ametlla .
Tengo una discapacidad la cual no puedo bajar las escaleras q acceden a dentro de la piscina.
Mi pregunta es: tienen obligacion de tener la piscina con rampa o escaleras para poder entran a bañarme?????.
Creo q según la Ley están obligados , pero aquí se lo han pasado por el sobaco. La pena es q estoy con mis hijos y no puedo bañarme en ella.
Eso sí cobrar,cobran……..
Buenos días Pilar,
Desconocemos la normativa de Tarragona, pero tanto en el “Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social” como en la ” Ley de Propiedad Horizontal” se habla de la accesibilidad de forma universal tanto en los lugares públicos como privados.
Lamentándolo mucho, a pesar de ello, no todos los espacios están adaptados y las personas con dificultad en la movilidad han de revisar las condiciones de los espacios antes de ir.
Espero que al menos disfrutes de unos días de descanso.
Un saludo,
Mi hija se compró un piso con piscina , entregado el 2020, y la piscina no tiene escaleras y ahora alguien ha pedido instalarlas y tienen q pagar la instalación. No era obligatorio el 2020 entregarlo el constructor ya con escaleras o con accesibilidad
?
Buenos días Amelia,
Era obligatorio entregarlo adaptado siempre y cuando en el momento de la construcción uno de los inquilinos necesitara que así fuera. Aún así, a día de hoy si no tienen la piscina adaptada, la comunidad de vecinos tiene la obligación de adaptarla para el uso de todos.