Cómo obtener la Prestación económica vinculada al servicio (PVS) en Barcelona

La prestación económica vinculada al servicio (PVS) es una ayuda ofrecida por la Generalitat de Cataluña que forma parte de las ayudas a la dependencia. Desde Innova Asistencial nos encargamos de todo lo relacionado con la prestación económica vinculada al servicio, desde el asesoramiento y procedimientos a seguir para su solicitud, como empresa autorizada por la Generalitat de Cataluña para gestionar los servicios.

¿Qué es la Prestación económica vinculada al servicio (PVS)?

La Generalitat de Cataluña ofrece varios tipos de ayudas a las personas en situación de dependencia: la opción de elegir una plaza pública en una residencia, servicios de atención diurna, de ayuda personal, entre otros. Sin embargo, hoy nos centraremos en la PVS que se trata de una prestación económica vinculada al servicio de cuidado de personas dependientes. Estas ayudas son excluyentes entre sí, es decir, una vez que se esté disfrutando de una, automáticamente se excluye de la otra.

Con esta prestación, la persona beneficiaria buscará en el sector privado el recurso que más le interese y la Generalitat de Cataluña le ayudará a financiar su coste con una cuantía mensual que dependerá del grado de dependencia y de la capacidad económica.

Es importante destacar que estas ayudas se ajustan a los principios y directrices establecidos en la Ley de Dependencia, asegurando así una atención integral y adecuada a las necesidades de las personas dependientes.

Qué es la ley de dependencia y cómo tramitarla en Cataluña.

La Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (LAPAD), o Ley de Dependencia, reconoce el  derecho a la promoción de la autonomía personal y a la atención de las personas con dependencia. 

Grados de dependencia

Para comprender mejor esta ley y las ayudas destinadas, es crucial entender tres conceptos clave a la hora de evaluar el grado de dependencia de una persona:

  1. Autonomía: Capacidad de controlar, afrontar y tomar por iniciativa y poder propio, decisiones sobre cómo vivir.
  2. Actividades básicas de la vida diaria (ABVDs): Permiten a la persona vivir el día a día con un mínimo de autonomía.
  3. Dependencia: Estado en el que se encuentran las personas que requieren del soporte y atención de otra persona.

En base a estos puntos, la LAPAD, reconoce 3 grados de dependencia:

  • Grado l. Dependencia moderada: Requiere soporte o ayuda para realizar sus AVDs al menos una vez al día.
  • Grado ll. Dependencia grave: Requiere soporte o ayuda para realizar sus AVDs, dos o tres veces al día.
  • Grado lll. Gran dependencia: Requiere ayuda para realizar las AVDs durante todo el día

Este grado de dependencia, será valorado por organismos públicos, usando el documento de referencia: Baremo de valoración del grado y nivel de dependencia (BVD), publicado en el Real Decreto 504/2007.Este grado de dependencia, será valorado por organismos públicos, usando el documento de referencia: Baremo de valoración del grado y nivel de dependencia (BVD), publicado en el Real Decreto 504/2007.

Una vez conocemos qué es la ley de dependencia y los diferentes grados, veamos cómo solicitar el PVS en Cataluña.

¿Cómo solicito la prestación en Cataluña?

Requisitos para solicitar la Prestación económica vinculada al servicio (PVS)

Para acogerse a la LAPAD, debemos cumplir unos requisitos:

  • Ser una persona con dependencia, es decir, cuando necesitamos ayuda y soporte de otra persona para realizar las actividades básicas. Pudiendo tener esta dependencia por una patología, por edad o por una discapacidad.
  • Tener 5 años o más de residencia en España, de los cuales los últimos 2 años deben ser anteriores a la fecha de solicitud.
  • Las personas que cumplan con estos requisitos, pero no tengan la nacionalidad española deberán remitirse a lo que indique la ley según el caso.
  • Para los menores de 5 años, se piden los 5 años de residencia a las personas que tengan su guardia y custodia. Y para los menores de 3 años, la ley establece medidas de protección y atención especiales.

Solicitud de la Prestación económica vinculada al servicio (PVS) paso a paso

Si cumplimos los requisitos y queremos solicitar la ley de dependencia y recibir  una ayuda en servicios o económica por ello, la debemos solicitar a la Generalitat, ya que en Cataluña, depende de ella.

Paso 1: Rellenar Solicitud

Rellenaremos el documento de solicitud, el cual se puede solicitar en cualquier momento en Servicios Sociales del distrito, municipio o Consell Comarcal y en los puntos de Atención Ciudadana de la Generalitat de Catalunya, de forma presencial. O bien, también podemos descargarlo desde de la web de la Generalitat.

Una vez tengamos rellenado el formulario, lo presentaremos en uno de los organismos citados anteriormente.

Paso 2: Valoración

Desde la Generalitat, un equipo de valoración se desplazará hasta nuestro domicilio para hacernos una evaluación, teniendo en cuenta los informes de salud y el entorno social. 

Paso 3: Reconocimiento del Grado de Dependencia

Una vez finalizada esta valoración, la Generalitat nos reconocerá el grado de dependencia y nos hará llegar un documento de resolución a domicilio, el cual es válido para todo el territorio del Estado, en un plazo aproximado de 3 meses a partir de la fecha de la solicitud.
El grado de dependencia que aparecerá en la resolución, puede ser revisado si se mejora o se empeora nuestra situación o bien si se detecta un error en el diagnostico o hay cambios en nuestra situación personal. (Reconeixement de la situació de dependència. gencat.cat)

Paso 4: Resolución

Una vez reconocido el grado de dependencia, en un plazo de 30 días se establece el Programa Individual de Atención (PIA) desde Servicios Sociales, el cual determina los servicios o ayudas económicas a las que tenemos derecho, dependiendo del grado reconocido, nuestro entorno social y recursos económicos. Y este se recibe en aproximadamente 3-6 meses a partir de la fecha de resolución.
Es la Generalitat quien reconoce las ayudas y prestaciones a las cuales tenemos derecho y la cuantía económica que percibiremos.

¿Cómo puedo solicitar la Prestación económica vinculada al servicio (PVS)?

Una de las prestaciones que podemos obtener a través del PIA, es la Prestación económica vinculada al servicio (PVS), la cual está destinada a la cobertura de los gastos de los servicios cuando se reciben desde una entidad o centro acreditado para la atención de la dependencia como es Innova Asistencial, y deberá constar la empresa como empleador del profesional.

Dentro de las cuantías a recibir de esta prestación hay dos tramos, superior e inferior, que dependerán siempre de la puntuación adquirida en la valoración realizada para determinar el grado de dependencia y del patrimonio económico del usuario.
Es decir, según la cuantía que recibamos, estaríamos dentro de un tramo u otro y eso afectará a las horas de servicio que cubrirá la prestación a percibir.

Grado de dependenciaHoras mínimas de servicio que se deben contratar con la PVSCuantía máxima que podemos percibir (Tramo SUPERIOR)
Grado l. Dependencia moderada7h/semana250,80€
Grado ll. Dependencia grave12h/semana356,25€
Grado lll. Gran dependencia18h/semana597,80€
Grado de dependenciaHoras mínimas de servicio que se deben contratar con la PVSCuantía máxima que podemos percibir (Tramo INFERIOR)
Grado l. Dependencia moderada5h/semana188,10€
Grado ll. Dependencia grave9h/semana267,18€
Grado lll. Gran dependencia15h/semana448,35€

Para recibir esta PVS, desde Innova Asistencial, rellenamos un documento PIA, donde indicamos las horas contratadas y el coste de estas. Dicho documento, los presentaréis al organismo público que os haya tramitado el grado de dependencia, desde donde iniciarán el trámite para que empecéis a percibir la PVS, la cual se ingresará directamente en la cuenta bancaria de la persona beneficiaria por le Ley de dependencia.

Si tienes cualquier otra duda, puedes contactar con nosotros en cualquier momento en el 931180868.

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